El 01 de enero de 2023 actualicé el Manual ADR sobre transporte de mercancías peligrosas
CAPÍTULO 1. MERCANCÍAS PELIGROSAS Y ACUERDOS INTERNACIONALES
CAPÍTULO 2. EL ACUERDO INTERNACIONAL ADR
CAPÍTULO 3. EL SISTEMA GLOBALMENTE ARMONIZADO (SGH-GHS)
CAPITULO 4. CLASIFICACIÓN DE LAS MERCANCÍAS PELIGROSAS
CAPÍTULO 5. LISTA DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
CAPÍTULO 6. ENVASES Y EMBALAJES
CAPÍTULO 7. MARCADO DE ENVASES Y EMBALAJES
CAPÍTULO 9. MARCAS Y PLACAS ETIQUETAS ADR
CAPÍTULO 10. PANEL NARANJA Y SEÑALIZACIÓN CONTENEDORES
CAPÍTULO 11. OTRAS MARCAS Y SÍMBOLOS
CAPÍTULO 12. MARCADO Y ETIQUETADO DE LOS BULTOS ADR
CAPÍTULO 13. CONDICIONES DE TRANSPORTE, DESCARGA Y MANIPULACIÓN
CAPÍTULO 14. MERCANCÍAS EXENTAS, LIMITADAS Y EXCEPTUADAS
CAPÍTULO 15. CONSTRUCCIÓN Y APROBACIÓN DE VEHÍCULOS
CAPÍTULO 16. FORMACION DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL TMP
CAPÍTULO 17. TRIPULACION, EQUIPAMIENTO Y VIGILANCIA DEL VEHÍCULO
CAPITULO 18. CONSEJEROS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MM PP
CAPITULO 19. NORMATIVA DE TRÁFICO E INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS Y CONTENEDORES
CAPÍTULO 20. DOCUMENTACIÓN Y REGISTROS RELATIVOS A LA GESTION DE MM PP
CAPITULO 21 CISTERNAS PARA GASES, LÍQUIDOS Y SÓLIDOS CAPÍTULO
22. CARGA EN COMÚN, EMBALAJES EN COMÚN, MEZCLAS Y RESIDUOS
CAPÍTULO 23. ACTUACIÓN EN CASO DE INCIDENTE O ACCIDENTE CON MERCANCÍAS PELIGROSAS
Comentarios
Hola buenos días. soy Policía de Córdoba. por favor podéis aclararme para que transportes de mercancías peligrosas es obligatoria la autorización especial. Tengo entendido que para vehículos batería con capacidad de menos de 1000 litros no es necesaria así como para cisternas de menos de 3000 litros de capacidad y vehículos de MMA inferior a 3.5 t. pueden aclararme la duda. ya que lo estoy buscando en la normativa pero no lo encuentro. Gracias.
Las exenciones están en el apartado 1.1.3 del ADR 2019 https://www.mitma.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/adr_2019_0.pdf Al referirse a las exenciones por unidad de transporte hay que consultar el 1.1.3.6 No existen exenciones con respecto a lo que me comenta.
Los vehículos que se mencionan en el 9.1.2.3, o sea, los que transporten explosivos, los cisternas FL y OT y los MEMU
Amando enhorabuena nuevamente por la actualización y epígrafes nuevos ,como siempre el mejor lugar donde aprender de este maravilloso mundo de las mercancías peligrosas. Un saludo.